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CONDICIONES PARA EL ACCESO
La solicitud de acceso al área privada “Informe de la administración concursal” supone la declaración expresa de que el usuario conoce y acepta las siguientes condiciones para el acceso:
a. Sólo se permite acceso a esta área privada a los acreedores y otras personas que acrediten ser interesados en el Grupo Dhul S.L.
b. El material se pone a su disposición para su consulta y con el carácter de publicidad complementaria a los fines de que los interesados puedan ejercer los derechos reconocidos en el artículo 96 de la Ley Concursal. En consecuencia, no podrá hacerse uso distinto, ni dar divulgación del material consultado con una finalidad distinta de la reseñada. Los accesos al área privada están monitorizados mediante identificación de la IP del equipo desde el que el usuario accede.
c. Este sistema de publicidad complementaria del Informe de la administración concursal no modifica, ni amplía en modo alguno el plazo legal establecido en el artículo 96.1. LC y su forma de com-putarlo.
d. El materia podrá ser consultado, inicialmente, hasta el día 20 de julio, sin perjuicio de que la administración concursal decida prorrogar este plazo.